cover image

Límites de Exposición a Ruido en el Trabajo (NOM-011-STPS)

Ángel J Torres Flores

En México, la Norma Oficial Mexicana NOM-011-STPS establece los límites máximos permisibles de exposición al ruido en los centros de trabajo. Cumplir con estos límites es una obligación patronal y un paso indispensable en la prevención de daños auditivos, así como otros padecimientos relacionados con el ruido que pueden ser irreversibles.


¿Cuáles son esos límites? A continuación te presentamos una tabla con los niveles de ruido representados en decibeles (dB) en ponderación A. Además, los tiempos máximos de exposición por cada nivel:



¡Recuérdalo! Estas son algunas de las obligaciones que enmarca esta NOM:


  • Es obligatorio el uso de protección auditiva (como orejeras o tapones) cuando los niveles superen los 85 dB (A).
  • Es obligatorio llevar a cabo estudios de ruido periódicos en zonas donde los niveles de ruido alcanzan o superan los 85 dB (A).
  • La capacitación sobre riesgos y uso de EPP es obligatoria para los trabajadores expuestos.




Referencias

NOM-011-STPS-2001




Comentarios